Auto Supremo AS/0351/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2010

Fecha: 03-Ago-2010

CONSIDERANDO II: Que teniendo en cuenta las disposiciones legales expuestas en el recurso, previa revisión


CONSIDERANDO II: Que teniendo en cuenta las disposiciones legales expuestas en el recurso, previa revisión minuciosa del expediente, se advierte que el fondo de la discusión se centra en establecer si el trabajador tiene o no derecho a los beneficios sociales de desahucio e indemnización y al pago de salario devengado y aguialdo; aspecto que ha sido comprobado por los jueces de grado, lo que conllevó a la aplicación de las presunciones legales establecidas en el art. 179 y Sgtes. del Cód. Proc. Trab., aplicando el principio protector del trabajador. Para llegar a las conclusiones que han arribado los de instancia, aplicando el principio de primacía de la realidad y específicamente la valoración de la prueba es necesario dejar establecido que:

La valoración de la prueba corresponde exclusivamente al juez, que consiste en la actividad que realiza este para determinar la efectividad de la actividad probatoria de las partes, es decir, determinar si efectivamente los medios propuestos y rendidos por las partes fueron idóneos y realmente llevaron a la convicción de ser ciertos los hechos alegados