CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional
DISTRITO: La Paz
PARTES: José Alberto Endara Mollinedo c/ SENASIR
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 77-76, interpuesto por Yoni Yamil Exeni León Director General Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 105/09 de 4 de mayo de 2009, cursante a fs. 73, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso de reclamación de Recálculo de Renta Única de Vejez, seguido por José Endara Mollinedo, contra la entidad que representa el recurrente, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), emitió la Resolución Nº 0208/08 de 9 de mayo de 2008, cursante a fs. 63-62, resolviendo confirmar la Resolución Nº 0012131 de 12 de octubre de 2007, dictada por la Comisión de Calificación de Rentas (fs. 49), disponiendo otorgar a favor de José Alberto Endara Mollinedo, recálculo de Renta Única de Vejez, equivalente al 80% de su promedio salarial en el monto de Bs. 3.971,66, más incrementos de ley que se pagara a partir del mes de octubre de 1998. Asimismo la recuperación de Bs. 16.285,26 por pago indebido a descontarse en el equivalente al 20% de la renta recalculada
- AUTO SUPREMO Nº 407 Reclamación Sucre, 28 de agosto de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional
- En grado de apelación deducida por José Alberto Endara Mollinedo (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad a lo
- CONSIDERANDOII: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en función de los datos
- Que analizada la disposición legal contenida en el art
- Que los actos de la administración por los que se calculan y otorgan las prestaciones
- En mérito de tales antecedentes se concluye que las argumentaciones vertidas en el recurso que
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
