Auto Supremo AS/0407/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2010

Fecha: 28-Ago-2010

Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts


Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ, aplicables por la norma remisiva contenida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social