POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Segunda de la Corte Suprema de Justicia
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la regla establecida por la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal sobre duración máxima de las causas tramitadas según el régimen procesal anterior, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de 24 de noviembre de 2004 (fojas 316 a 319), DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL correspondiente al proceso seguido por el Ministerio Público contra Juan Choque Ibarra, Lino Ramos Huarachi, Juan Cáceres Mollo y Valentin Sánchez Chamozo con imputación por comisión de delitos tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas; y, en consecuencia ordena el archivo de obrados y la cancelación de las medidas jurisdiccionales que se hubieran impuesto al procesado
- Partes: Ministerio Público, c/ Lino Ramos Huarachi, Juan Cáceres Mollo y Juan Choque Ibarra
- Delitos: Art. 55 de la Ley del Régimen de Sustancias Controladas
- VISTOS: las solicitudes de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- Que la Sentencia Constitucional Nº 101 de 14 de septiembre de 2004, establece que el
- En el mismo sentido, la Sentencia Constitucional Nº 1042 de 5 de septiembre de 2005,
- CONSIDERANDO: que realizada la denuncia en fecha 13 de abril de 2001, se dictó Auto
- CONSIDERANDO: que no es posible desconocer que el Estado Boliviano, dentro del marco social y
- Que se debe considerar a los delitos de narcotráfico previstos expresamente en el articulo 145
- Que por los antecedentes expuestos y por ser considerados crímenes graves que constituyen una amenaza
- Que de conformidad a la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, los jueces
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la participación
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Segunda de la Corte Suprema de Justicia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
