- Expediente: Nº 94 - 06 - S
- Distrito: Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 965 a 967, interpuesto por Walter Hilario Balcazar
- Deducidas las apelaciones por el concursante Walter Hilario Balcazar Medina y la concursada Roxana Herminia
- Esta resolución, motivó que el recurrente, mediante memorial cursante de fojas 965 a 967, formule
- Finaliza sus recursos, solicitando se anule el Auto de Vista de 23 de septiembre y
- CONSIDERANDO: Que, el contenido del recurso y la forma en que concluye, denota la impericia
- Que, a través de su abundante jurisprudencia, este Tribunal Supremo ha dejado establecido que el
- Si el recurso de casación se interpone en el fondo, deberá circunscribirse a las causales
- En ambos casos es de inexcusable cumplimiento el mandato del artículo 258-2) del Código de
- En la especie, el contenido del recurso es contradictorio y totalmente impreciso, al no haberse
- En resumen, las deficiencias del recurso, anotadas precedentemente, no permiten abrir la competencia de éste
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario profesional de los abogados en forma individual en la suma de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- ibro Tomas de Razón 2/2010
