CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de casación de fs. 599-602, interpuesto por Juan José Bautista Luque y Emilio Fernando Téllez Gallardo, impugnando el Auto de Vista Nº 117/06 de 5 de junio de 2006, cursante a fs. 594-595, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso social de reincorporación que siguen los recurrentes contra la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz Ltda. (COTEL LA PAZ LTDA), la respuesta de fs. 606, el auto que concede el recurso de fs. 607, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 13/05 de 17 de febrero de 2005, de fs. 290-294, declarando probada la demanda de cumplimiento de fuero sindical, con costas, ordenando que la Cooperativa demandada proceda a la reincorporación de Fernando Téllez Gallardo y Juan José Bautista Luque, más el pago de salarios caídos durante la tramitación judicial hasta la efectiva reincorporación y constancia en obrados, y las demás formalidades de ley
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 13/05 de 17 de febrero de 2005, de fs. 290-294, declarando probada la demanda de cumplimiento de fuero sindical, con costas, ordenando que la Cooperativa demandada proceda a la reincorporación de Fernando Téllez Gallardo y Juan José Bautista Luque, más el pago de salarios caídos durante la tramitación judicial hasta la efectiva reincorporación y constancia en obrados, y las demás formalidades de ley
- PARTES: Juan José Bautista Luque y otro c/ COTEL LA PAZ LTDA
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por el apoderado y representante legal de "COTEL LA PAZ
- Que contra el referido auto de vista, los actores formulan recurso de casación (fs
- CONSIDERANDO II: Que asi interpuesto el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Dicho esto conviene dejar establecido también que la garantía de estabilidad que emerge de la
- En la especie los actores en su condición de trabajadores de COTEL fueron declarados en
- En consecuencia la decisión unilateral del empleador de dar por concluida la relación laboral con
- Por lo relacionado precedentemente se concluye que el tribunal de alzada al revocar la sentencia
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
