Auto Supremo AS/0349/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2010

Fecha: 30-Sep-2010

Por ello se establece también que no existe errónea apreciación de la prueba documental ni


Por ello se establece también que no existe errónea apreciación de la prueba documental ni testifical cursante en el expediente y por eso además se debe desestimar íntegramente la presunta vulneración de todas las normas citadas en los dos recursos