Por todo lo manifestado supra, se concluye que en el Auto de Vista recurrido no
Por todo lo manifestado supra, se concluye que en el Auto de Vista recurrido no existe escasa fundamentación, ni es contradictorio al Auto Supremo invocado y no se vulneró ningún derecho o garantía constitucional del recurrente, menos se infringió alguna norma sustantiva penal, ni adjetiva penal; correspondiendo en consecuencia declarar infundado el recurso intentado
- PARTES: Ministerio Público y Otro c/ Willy Gutiérrez Rodríguez
- MINISTRA RELATORA: Dra. Ana Maria Forest Cors
- CONSIDERANDO: Que, tras sustanciarse el juicio oral, el Tribunal A-quo declaró a Willy Gutiérrez Rodríguez
- Por otra parte, presentó un incidente de falta de acción de la parte querellante y
- CONSIDERANDO: Que, al haberse admitido el presente recurso por Auto Supremo Nº 367 de 24
- Que, al haber mencionado los ASs
- Que, de la revisión de los fundamentos del Auto de Vista recurrido se puede evidenciar
- Que, respecto a los defectos procesales absolutos reclamados ante los jueces de instancia y denunciados
- Por todo lo manifestado supra, se concluye que en el Auto de Vista recurrido no
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATORA: Ministra Dra. Ana Maria Forest Cors
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
