Gladys Salazar de Pérez por la suma de $us
DISTRITO: Oruro
PARTES: Prefectura del Departamento de Oruro c/ Gladis Salazar Ríos y otros
VISTOS: El recurso de casación de fs. 412-414 vta., interpuesto por Gladys Salazar Ríos de Pérez contra el Auto de Vista No. 210/2004 de fs. 344-345 vta, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso coactivo fiscal seguido por la Prefectura del Departamento de Oruro contra Gladys Salazar Ríos de Pérez y otros por apropiación y disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado; las leyes acusadas de infringidas, antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, formalizada la acción coactivo fiscal a fs. 319 por Humberto Fernández Tórres, apoderado legal de la Prefectura del Departamento de Oruro, al amparo de los arts.31 y 47 de la Ley No. 1178 y 77-a) y h) de la Ley del Sistema de Control Fiscal, contra Gladys Salazar Ríos de Pérez, Juan José Rossel Herrera y Rubén Ángel Cabita Vásquez, en base a los Informes de Auditoria Nos. INF.AUDINT. 005-A/97, 006-A-1.2/97, 005-A-2.2/97 y 006-A-2.2/97, referidos a la auditoria de egresos en la gestión de compra de ropa en Iquique, Chile con destino a los hogares de niños dependientes de Asistencia Social de esa Prefectura, que establecen indicios de responsabilidad civil, debidamente aprobados por el Contralor General de la República; es admitida por el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Oruro girando las Notas de Cargo de fs. 145 vta.-147, dictando en conocimiento del proceso la Sentencia No. 40/2003 de fs. 305-307, declarando probada la demanda coactivo Fiscal, contra
Gladys Salazar de Pérez por la suma de $us. 12.340,08.-Juan José Rossel Herrera por $us 900.-, por apropiación y disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado; Rubén Ángel Cabita Vásquez por $us 24.178,20.- por pérdida de activos y bienes del estado, por negligencia de irresponsabilidad, en aplicación del art. 77-h) y, el último del art. 77-i) de la Ley del Sistema de Control Fiscal, disponiendo en consecuencia girar pliegos de cargo en ejecución de Sentencia y manteniendo las medidas precautorias dispuestas en contra de los coactivados
- AUTO SUPREMO Nº 491 Coactivo Social Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Gladys Salazar de Pérez por la suma de $us
- En conocimiento de los recursos de apelación de esta Sentencia, interpuestos por Gladys Salazar Ríos
- Resolución del Ad quem que, como se tiene referido, motiva el recurso de casación que
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso interpuesto en la forma y en el fondo a fs
- Por otra parte, como casación en el fondo, sostiene que el Asistente Técnico de la
- En resumen manifiesta, que el proceso se ha tramitado con falsedad y error, vicios insubsanables
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso interpuesto, examinadas las normas acusadas de infringidas, los
- Cabe recordar que en materia casación en la forma, si bien los arts
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- En el caso sub lite, corresponde aclarar que en materia de nulidades procesales nuestro ordenamiento
- Así establecidos los principios en los que se basa toda nulidad procesal, y ajustados los
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- Sin embargo, prescindiendo de consideraciones respecto a las deficiencias del recurso y tomando en cuenta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
