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II.- Así interpuesto el recurso en el fondo, hace inviable su consideración por cuanto el memorial recursivo se limita a una relación extensa de antecedentes del proceso a partir de la impugnación a los informes de auditoria que si bien pudieron ser elaborados por una egresada de la Carrera de Auditoria, aún no profesional, los mismos están suscritos complementariamente por el Auditor Interno, con la refrenda y convalidación de la Subcontraloría de Auditorias Internas de la Contraloría General del República y, finalmente, aprobados por el Contralor General, de donde resulta insustancial lo afirmado y alegado en contrario, en el recurso
- AUTO SUPREMO Nº 491 Coactivo Social Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Gladys Salazar de Pérez por la suma de $us
- En conocimiento de los recursos de apelación de esta Sentencia, interpuestos por Gladys Salazar Ríos
- Resolución del Ad quem que, como se tiene referido, motiva el recurso de casación que
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso interpuesto en la forma y en el fondo a fs
- Por otra parte, como casación en el fondo, sostiene que el Asistente Técnico de la
- En resumen manifiesta, que el proceso se ha tramitado con falsedad y error, vicios insubsanables
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso interpuesto, examinadas las normas acusadas de infringidas, los
- Cabe recordar que en materia casación en la forma, si bien los arts
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- En el caso sub lite, corresponde aclarar que en materia de nulidades procesales nuestro ordenamiento
- Así establecidos los principios en los que se basa toda nulidad procesal, y ajustados los
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- Sin embargo, prescindiendo de consideraciones respecto a las deficiencias del recurso y tomando en cuenta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
