Por otra parte, como casación en el fondo, sostiene que el Asistente Técnico de la
Por otra parte, como casación en el fondo, sostiene que el Asistente Técnico de la Sala Social y Administrativa cuando desempeñaba cargo en Auditoria Interna de la Prefectura ha emitido ya opinión en este mismo proceso, en segunda instancia ha acreditado sus propios vistos buenos a los informes de auditoria, estando comprendido en las causales de recusación y excusa del art. 20 del Código de Procedimiento Civil, al haber omitido opinión sobre la justicia o injusticia del caso, como abogado de la Prefectura y que éstos informes de auditoria interna en base a los cuales se inicia y formaliza la presente acción coactiva, afirmando fueron elaborados y suscritos por una egresada, careciendo de título profesional y facultades para tal cumplimiento. Constituyendo esos documentos títulos coactivos ilegales y nulos de pleno derecho, con los cuales errónea e indebidamente se condena en responsabilidad civil
- AUTO SUPREMO Nº 491 Coactivo Social Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Gladys Salazar de Pérez por la suma de $us
- En conocimiento de los recursos de apelación de esta Sentencia, interpuestos por Gladys Salazar Ríos
- Resolución del Ad quem que, como se tiene referido, motiva el recurso de casación que
- CONSIDERANDO II: Que, el recurso interpuesto en la forma y en el fondo a fs
- Por otra parte, como casación en el fondo, sostiene que el Asistente Técnico de la
- En resumen manifiesta, que el proceso se ha tramitado con falsedad y error, vicios insubsanables
- CONSIDERANDO III: Que, así planteado el recurso interpuesto, examinadas las normas acusadas de infringidas, los
- Cabe recordar que en materia casación en la forma, si bien los arts
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- En el caso sub lite, corresponde aclarar que en materia de nulidades procesales nuestro ordenamiento
- Así establecidos los principios en los que se basa toda nulidad procesal, y ajustados los
- II
- Sin embargo, prescindiendo de consideraciones respecto a las deficiencias del recurso y tomando en cuenta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
