CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de casación de fs. 185-186 interpuesto por José Isaac Aguilar Zambrana, en representación de la Empresa Constructora Del Valle, contra el auto de vista de fs. 181-182 emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Tarija, en el proceso social seguido por Isaac Pereira Castrillo contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Tarija, emitió la sentencia de fs. 159-160 por la que declara probada en parte la demanda de fs. 71-72, con costas; disponiendo que la parte demandada cancele al actor el monto global de Bs. 18.160.-, por los conceptos de indemnización, aguinaldo, vacación y otros, en base a un salario mensual promedio indemnizable de Bs. 1.200.-
- AUTO SUPREMO Nº 497 Social Sucre, 30 de septiembre de 2010
- PARTES: Isaac Pereira Castrillo c/ Empresa Constructora del Valle S.R.L
- CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En apelación de esta Sentencia, interpuesta a fs
- CONSIDERANNDO II: El juez de primera instancia, con la facultad privativa incensurable en casación que
- Consecuentemente al estar probado la causal de despido, en observancia de lo preceptuado por el
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- Por lo expuesto, se llega al convencimiento de que el tribunal inferior ha procedido con
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 30 de septiembre de 2010
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal.
