Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados se establece
Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados se establece que el proceso se inició a raíz del levantamiento de cadáver realizado por funcionarios policiales el 31 de diciembre de 2002, tras la denuncia formulada por Guadalupe Vidal de Escobar, se recepcionó la declaración informativa de los imputados desde el 16 de enero de 2003 adelante, y no existe ningún otro antecedente de la forma y los plazos en los que la etapa preparatoria del juicio se desarrolló, razón por la cual este Tribunal se encuentra impedido de hacer un análisis integral respecto a la razonabilidad o no de la duración del proceso, en particular de esa etapa. No obstante lo anotado precedentemente, se advierte que, presentada la acusación fiscal el 11 de febrero de 2004, la causa radicó ante el Tribunal de Sentencia de Punata-Cochabamba, donde al percatarse de la existencia de dos acusaciones el 16 de abril de 2004 se determinó la acumulación de ambos procesos y previo los trámites de procedimiento el 29 de julio del 2004 emitió el Auto de apertura, para luego realizar audiencia de declaración de rebeldía de algunos co-procesados (fs. 109 a 110), posteriormente previo los trámites legales referidos se tiene que, debido a la imposibilidad de constituir Tribunal, por la inasistencia de uno de los procesados, recién se constituyó Tribunal el 18 de agosto de 2004 (fojas 151 a 152 vlta)
- PARTES: Ministerio Público y Guadalupe Vidal de Escobar c/ Antonio Sandro Zeballos Villarroel y Otros
- CONSIDERANDO: Que, Antonio Sandro Zeballos Villarroel al amparo de lo previsto por el art
- Que el representante del Ministerio Público, absolviendo el traslado dispuesto respecto a ese petitorio, se
- CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, establece que todo proceso tendrá
- Que, si bien es evidente que la tramitación del proceso dentro un plazo razonable es
- Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
- Que, el artículo 115 de la actual Constitución Política del Estado, garantiza una justicia sin
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, coherente con la garantía a una justicia
- Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados se establece
- Instalada la audiencia de juicio oral el 31 de agosto de 2004, finalizó con la
- Que, de los antecedentes expuestos se evidencia que, si bien en la tramitación de la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, y hágase saber
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
