Auto Supremo AS/0006/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2011

Fecha: 10-Ene-2011

Por ello se establece que fue acertada la decisión del tribunal de alzada al revocar


Por ello se establece que fue acertada la decisión del tribunal de alzada al revocar la Resolución Nº 032/2006 de 20 de junio de 2006 (fs. 24-26), disponiendo que la Juez de primera instancia admita la demanda de acuerdo al art. 43 del Cód. Proc. Trab., en relación al art. 4 del mismo cuerpo legal, concordante con el art. 152 de la L.O.J., porque de los datos del proceso, se advierte que existe materia justiciable en esta vía, que deberá ser determinada conforme a los datos del proceso por la a quo, otorgando o negando los mismos, es decir, declarando probada o improbada parcial o totalmente la demanda, pero con plena competencia, porque de lo contrario se estaría causando indefensión al actor