Auto Supremo AS/0011/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0011/2011

Fecha: 18-Ene-2011

CONSIDERANDO:Que, así expuestos los fundamentos del recurso, conviene resolver el mismo en base a los


CONSIDERANDO:Que, así expuestos los fundamentos del recurso, conviene resolver el mismo en base a los hechos y normas invocadas, a ese efecto corresponde señalar lo siguiente:

En términos generales, el matrimonio es el acto jurídico por el cual un hombre y una mujer establecen entre sí una unión protegida y garantizada por los artículos 62 a 64 de la Constitución Política del Estado, vínculo que no pueden romper por su propia voluntad, sino que, de acuerdo a nuestra economía jurídica, el matrimonio únicamente se disuelve por la muerte, por la declaración de fallecimiento presunto de uno de los cónyuges o, también, por sentencia ejecutoriada de divorcio, en los casos expresamente determinados y de acuerdo a las causales enumeradas en los artículos 129, 130 y 131 del Código de Familia