Por lo expuesto, se colige que aún cuando es evidente que la Vocal Aida Luz
Por lo expuesto, se colige que aún cuando es evidente que la Vocal Aida Luz Maldonado Bocangel, intervino como juez conociendo un proceso ordinario, no correspondía la excusa, porque se refiere a proceso distinto, concluyéndose que no existe constancia de haber emitido opinión anticipada, tampoco es evidente ni se ajusta a procedimiento, lo que demuestra que no se encuentra justificada la causal invocada como excusa
- AUTO SUPREMO: 21/2011
- PARTES Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
- FECHA: 19 de enero de 2011
- CONSIDERANDO I: Que, revisados los antecedentes remitidos se evidencia que dentro del proceso de quiebra
- Que, el Presidente de dicha Sala Dr
- En efecto, el Auto Declarativo de Quiebra Resolución Nº 21/2001 de 15 de enero de
- CONSIDERANDO II: Que, al respecto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, emitió la
- Que el citado inciso 10) del artículo 10 del Reglamento de la Carrera Judicial puntualiza
- En la especie, el instituto de la excusa, conforme señala Manuel Osorio en su Diccionario
- Por lo expuesto, se colige que aún cuando es evidente que la Vocal Aida Luz
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Remítase copia legalizada de la presente resolución a conocimiento del Consejo de la Judicatura, a
- No interviene la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Ricardo A. Medina Stephens
- Secretario de Cámara.
