Auto Supremo AS/0021/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2011

Fecha: 19-Ene-2011

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en


POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 15º del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación del trámite estatuido en el artículo 5 de la Ley Nº 1760, declara ILEGAL la excusa formulada por Aida Luz Maldonado Bocangel, Vocal de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a quien se impone la multa de tres dias de haber, a ser descontados por planilla, en aplicación del artículo 6 parágrafo I de la Ley de Abreviación Procesal y Asistencia Familiar concordante con el artículo 3 del Reglamento de Multas Procesales del Poder Judicial de Bolivia, aprobado por Acuerdo del Consejo de la Judicatura Nº 144/2004 de 9 de noviembre de 2004; debiendo en consecuencia el consultante proseguir el trámite de la causa