Auto Supremo AS/0309/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2011

Fecha: 04-Oct-2011

CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Supremo, haciendo uso de la facultad fiscalizadora que le reserva el


CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Supremo, haciendo uso de la facultad fiscalizadora que le reserva el art. 15 de la Ley de organización Judicial, tiene la obligación de verificar intra proceso, si los juzgadores de instancia en la tramitación del proceso, guardaron las formas esenciales que hacen eficaz a su trámite, a cuya consecuencia las resoluciones que se pronuncien sean legales y garanticen la seguridad jurídica que las partes buscan a través del mismo, para en su defecto, anular de oficio el proceso en el que se encuentran infracciones que interesan al orden público, en virtud de la obligatoriedad de las normas procesales, conforme establecen los arts. 252 y 90 del Código de Procedimiento Civil