Auto Supremo AS/0041/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0041/2011

Fecha: 15-Feb-2011

CONSIDERANDO: que, el imputado a través de su abogada en su Recurso de Casación, mencionó


CONSIDERANDO: que, el imputado a través de su abogada en su Recurso de Casación, mencionó que el artículo 335 de la Ley 1970 determina los casos de suspensión de la audiencia de juicio oral y que la prueba pericial no es librada al arbitrio de las partes sino a ciertas reglas posibles, pero contrariamente, la Sentencia señaló que su condición de consumidor no se demostró por falta de otro informe psicológico, limitándole entonces su derecho a la defensa, al no dejarlo producir su prueba pericial, contraviniendo al AS. 236/07 de 7 de marzo, cuya doctrina versa sobre "el debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica", y se ha violado la garantía de inviolabilidad de la defensa previsto en el artículo 16 Constitucional y el art.8.2) inc.f)