Auto Supremo AS/0042/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0042/2011

Fecha: 15-Feb-2011

CONSIDERANDO: que Zuzethe Gianella Escobar Carrasco, en el plazo establecido por Ley formuló Recurso de


CONSIDERANDO: que Zuzethe Gianella Escobar Carrasco, en el plazo establecido por Ley formuló Recurso de Casación, manifestando que el ad-quem ha dictado la Resolución Nº 46/2008 sin ingresar al fondo, aplicando la doctrina del A.S. Nº 37 de 27 de enero de 2007, porque se hubiera violado el principio de continuidad; sin tomar en cuenta que las suspensiones y los lapsos de una audiencia a otra no fueron su responsabilidad; es más, ni el Ministerio Público, ni el acusador particular reclamaron sobre dicha violación por dilación provocada por el propio Tribunal Segundo de Sentencia, por ello, el Auto de Vista contradice a los Autos Supremos Nº 170 de 20 de marzo de 2007 y Nº 173 de 20 de marzo 2007 los que determinaron que, en caso de una dilación indebida que acarrea al imputado lesión en sus derechos, constituye una violación de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y al principio de celeridad; puesto que al haberse anulado una Sentencia absolutoria, se está transgrediendo el principio de seguridad jurídica de la recurrente, al no tener certeza de cual el resultado del nuevo juicio