Auto Supremo AS/0073/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2011

Fecha: 04-Mar-2011

Alegan también entre otros "errores procesales", que a pedido de la empresa demandada se llamó


Alegan también entre otros "errores procesales", que a pedido de la empresa demandada se llamó a confesión provocada de testigos a personas que residían en distintos distritos del país, motivo por el cual no se llevó a cabo, dándolos por confesos; no hubo clausura del término probatorio mediante auto expreso conforme al Código de Procedimiento Civil, aplicable en la materia el base al art. 252 del Cód. Proc. Trab., tampoco figura el decreto "autos para sentencia" conforme al art. 80 del Cód. Proc. Trab., concordante con el art. 201 del adjetivo laboral, indicando finalmente que conforme al art. 3 inc. 1) del Cód. Pdto. Civ., es deber de los jueces cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, demostrando con esto que el juez actuó con negligencia. Concluyó solicitando que este tribunal "revoque" en todos sus puntos la sentencia, debiendo declararse probada la demanda, con las formalidades de ley