Auto Supremo AS/0073/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2011

Fecha: 04-Mar-2011

Tampoco se puede deducir, sino con mucha subjetividad, que la similitud de las cartas de


Tampoco se puede deducir, sino con mucha subjetividad, que la similitud de las cartas de renuncia constituyan síntomas de presión, menos se puede suponer la existencia de amedrentamiento en el ejercicio, o la intencionalidad de materialización de los términos del contrato colectivo; concretamente, la intención de ENTEL S.A. de promover la transferencia de un trabajador, cuando tal prerrogativa se encuentra expresamente pactada en el contrato colectivo no puede interpretarse como medida de presión, con mayor razón en el presente caso, si se considera que los demandantes, en ningún momento denunciaron haber sido, particularmente, invitados o "amenazados" con el traslado a que se refiere el art. 19 del convenio colectivo (fs. 51), como tampoco probaron en el proceso esa circunstancia