Auto Supremo AS/0097/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2011

Fecha: 09-Mar-2011

CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, el tribunal de casación tiene


CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, el tribunal de casación tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si los jueces y tribunales de instancia, observaron las leyes y plazos que rigen la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, conforme establece el art. 15 de la L.O.J. y si correspondiere, disponer la nulidad de obrados de oficio, conforme prevé el art. 252 del Cód. Pdto. Civ