CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de
VISTOS: El recurso de casación de fs. 150-151, formulado por Guery Germán Chacón Rodríguez, en representación del Alcalde del Gobierno Municipal de la ciudad de El Alto, contra el Auto de Vista Nº 148/2007 SSA-II de 15 de junio de 2007, emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz cursante a fs. 142, dentro del proceso laboral seguido a demanda de María Cristina Barbery Urey, contra el Gobierno Municipal que representa el recurrente, la respuesta de fs. 158, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de El Alto, emitió la Sentencia Nº 27/2003 de 18 de febrero, cursante a fs. 107, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 8-9 vta., disponiendo que la Alcaldía Municipal de El Alto, cancele a la actora la suma de Bs. 19.399,10 por indemnización, desahucio, vacaciones y aguinaldo, más la indexación prevista por el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de
- Formulado el recurso de apelación por Gonzalo Alcazar Riveros, en representación del Gobierno Municipal demandado
- Esta determinación, motivó el recurso de casación formulado por el representante del Gobierno Municipal de
- Posteriormente al concederse el recurso de apelación el tribunal de alzada, incumplió dichas normas al
- Concluyó indicando que formula recurso de casación para que este tribunal case la resolución recurrida
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, previo análisis de los antecedentes del proceso, se
- Esa nulidad disponía la regularización del procedimiento, en consideración a que no podía solicitarse una
- Todos estos aspectos evidencian que no existe vulneración de los arts
- Por lo referido, se establece que no existe vulneración a ninguna disposición, correspondiendo dar aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
