CONSIDERANDO: que así planteado el recurso de casación, efectuado el correspondiente análisis, se llegó a
CONSIDERANDO: que así planteado el recurso de casación, efectuado el correspondiente análisis, se llegó a las siguientes conclusiones:
I.- La conducta de los imputados no pudo ser calificada de otra manera, pues los recurrentes, junto a Guilber Herrera Barrios, fueron sorprendidos cuando manipulaban base de cocaína, elementos probatorios que arrojaron plena prueba sobre la existencia de elementos constitutivos del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas, al haber sido encontrados flagrantemente en posesión de 20.635 gramos de cocaína
- Expediente: Cochabamba 161/2005
- Partes: Ministerio Público c/ Eulogio Huaquira Veizaga, Guilber Herrera Barrios y otros
- Delito: Tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación
- VISTOS: el recurso de casación de 29 de septiembre de 2004, interpuesto por Eulogio Huaquira
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- CONSIDERANDO: que así planteado el recurso de casación, efectuado el correspondiente análisis, se llegó a
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- III
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Firmado
