Auto Supremo AS/0107/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0107/2011

Fecha: 30-Mar-2011

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones y de acuerdo en parte con el requerimiento fiscal de fojas 390 a 393, aplicando lo dispuesto en el artículo 307 numeral 2) del Código de Procedimiento Penal de 1972, declara INFUNDADO el recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 22 de junio de 2004, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Guilber Herrera Barrios, Eulogio Huaquira Veizaga y Gualberto Álvarez Prado, con imputación por comisión de los delitos de tráfico ilícito de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, previstos en los artículos 48 con referencia al 33 inciso m) y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas