Auto Supremo AS/0109/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2011

Fecha: 22-Mar-2011

Fue de voto disidente el Ministro Presidente de la Sala Social y Administrativa Segunda, Dr


Fue de voto disidente el Ministro Presidente de la Sala Social y Administrativa Segunda, Dr. Esteban Miranda Terán, sugiriendo que los de grado no aplicaron las normas impugnadas en su sentido estricto, por lo que las observaciones expuestas en el recurso de casación son atendibles, dado que las facturas a la que hace referencia el recurso no están relacionadas con la actividad propia de la empresa, consiguientemente, su opinión es porque se case parcialmente el recurso y se declare subsistente la R.D. LP Nº 00122/1996 de 12 de marzo de 1996