Auto Supremo AS/0118/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2011

Fecha: 28-Mar-2011

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 124-129, interpuesto por Víctor Hugo Arias, representante legal de FARMAVAL BOLIVIA S.R.L., impugnando el Auto de Vista Nº 0256 de 5 de julio de 2007, cursante a fs. 115-116 y su Auto Complementario Nº 0347 de 22 de septiembre de 2007 cursante a fs. 131, pronunciados por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social que sigue Hilda Carolina Hurtado Ortiz, contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 132, el auto que concedió el recurso de fs. 135, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 105 de 1 de julio de 2005, cursante a fs. 72-74, y su Auto Complementario Nº 307 de 6 de octubre de 2006 cursante a fs. 78, declarando probada en parte la demanda e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 8-10, ordenando que la Empresa FARMAVAL BOLIVIA S.R.L., representada por Víctor Hugo Arias Rico, pague a favor de la actora el monto de Bs. 6.504 por indemnización aguinaldo doble, bono de antigüedad más las actualizaciones y reajustes previstos por el art. 2 del D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992, con costas