Auto Supremo AS/0118/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2011

Fecha: 28-Mar-2011

En ese entendido se establece que al haberse declarado probada en parte la demanda, corresponde


En ese entendido se establece que al haberse declarado probada en parte la demanda, corresponde sancionar en costas a la empresa demandada en la proporción de la cuantía determinada en sentencia, conforme establece la aludida norma laboral, por ello la sanción en costas en primera instancia fue acertada, sin que se hubiese incurrido en violación de norma alguna