Auto Supremo AS/0118/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2011

Fecha: 28-Mar-2011

Por lo referido, al advertirse que no son evidentes la contradicción, y aplicaciones indebidas denunciadas,


Por lo referido, al advertirse que no son evidentes la contradicción, y aplicaciones indebidas denunciadas, corresponde resolver el recurso, conforme establecen los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., con la permisión de la norma remisiva prevista por el art. 252 del Cód. Proc. Trab