Auto Supremo AS/0123/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2011

Fecha: 28-Mar-2011

Concluyó señalando que en caso de no considerarse el defecto formal, se case el auto


Concluyó señalando que en caso de no considerarse el defecto formal, se case el auto de vista impugnado y se declare improbada la demanda