Auto Supremo AS/0123/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2011

Fecha: 28-Mar-2011

CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda interpuesta, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y


VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 386-394, interpuesto por Paula Ximena Zambrana de Rico en representación legal de la Empresa Industria Cruceña de Cerámicas Limitada "INCERCRUZ LTDA", contra el Auto de Vista Nº 0342 de 14 de septiembre de 2007 (fs. 379-381), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Ivana Yasica Maidana Breto y Roberto Carlos Soto Siles contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 398-404, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda interpuesta, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 111 de 28 de octubre de 2006 (fs. 343-347), por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 15-16, disponiendo que la empresa INCERCRUZ Ltda., a través de su representante legal cancele a: Ivana Yasica Maidana Breto el monto de Bs. 33.693,28 por los derechos sociales de indemnización, aguinaldo, vacación, sueldos devengados y bono de antigüedad y a Roberto Carlos Soto Siles la suma de Bs. 44.401,82 por los conceptos de aguinaldo, vacación, sueldo y bono de antigüedad, mas reajustes establecidos por el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992, sin costas