Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0156/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0156/2011

    Fecha: 09-Mar-2011

    POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


    POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y aplicando el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal de fs. 1391 a 1394, declara INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto
    • CONSIDERANDO: Que, con carácter previo, ante la nueva línea jurisprudencial sentada por la Sentencia Constitucional
    • CONSIDERANDO: Que, la causa se inició en mérito a la querella de 19 de abril
    • CONSIDERANDO: Que, apelada la Sentencia por el Defensor de Oficio de los coprocesados declarados rebeldes
    • Razón por la cual, el citado Defensor de Oficio interpuso Recurso de Nulidad y Casación
    • CONSIDERANDO: Que, del estudio y análisis exhaustivo del proceso, se llega a establecer que el
    • Por lo dicho la valoración de todos y cada uno de los elementos probatorios por
    • Por todo lo expuesto, no siendo evidentes las denuncias formuladas en el Recurso de Casación
    • Que la teoría de la culpabilidad consagra que todo hecho reprochable, desde el punto de
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca