CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso en base al Informe de Auditoria Nº UAI-I-I 14/02
DISTRITO: La Paz
PARTES: Honorable Senado Nacional c/ Rolando Willy Arenas Zumety
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 480-482, formulado por ROLANDO WILLY ARENAS ZUMETY contra el Auto de Vista Nº 139/2007 de fecha 14/05/2007 de fs.477 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso coactivo fiscal seguido por el HONORABLE SENADO NACIONAL contra ROLANDO WILLY ARENAS ZUMETY, el auto de concesión de fs. 484, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso en base al Informe de Auditoria Nº UAI-I-I 14/02 e Informe Complementario Nº UAI-I-I 007/02, aprobados por el Contralor General de la República, la Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia Nº. 19/2005 de fecha 25/05/2005 (fs. 425-434) declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 10 subsanada por memorial de fs. 33 por la suma de $us. 26.784, 45, en consecuencia dispone:
Modificar el cargo a $us. 9.516,45
- AUTO SUPREMO Nº 74 Coactivo Fiscal Sucre, 06 de abril de 2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso en base al Informe de Auditoria Nº UAI-I-I 14/02
- En ejecución de sentencia se liquidaran los intereses legales al momento del pago y se
- Deducida la apelación de fs
- Este fallo motivó el Recurso de Casación de fs
- A continuación señala que la Sentencia Nº
- 2
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis, se establece lo siguiente
- Por todo lo expuesto, es preciso señalar la forma de resolución para cada uno de
- Que en el caso en análisis, de la revisión del recurso de colige que el
- En ese marco legal, se concluye que lo expuesto en el recurso es insuficiente, pues
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia del
- Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
