CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II. Dentro del término legal el representante de BRINKS Bolivia S.A. por escrito de fs 185-187 en contra del referido Auto de Vista, interpone recurso extraordinario de casación en el fondo, acusando:
Que los vocales habrían incurrido en errónea valoración de la prueba literal de fs 18-19, testifícal de fs 100 a 102, 146 a 148, documental de fs 111 a 132, vulnerando los arts. 159,164,169,176 y 178 todos del CPT
- AUTO SUPREMO Nº 104 Social Sucre, 28 de abril de 2011
- PARTES: Víctor Hugo Yanahuaya Silva c/ Empresa BRINKS BOLIVIA S.A
- CONSIDERANDO I
- La entidad demandada a través de su representante legal y luego de purgar la multa
- Contra la resolución de primera instancia la Empresa BRINKS Bolivia S
- CONSIDERANDO II
- No se tomo en cuenta que el demandado era personal de confianza al tenor del
- CONSIDERANDO III
- En el caso de autos si bien cita el art
- A mérito de lo precedentemente manifestado, conviene aclarar que en materia laboral, se incurrirá en
- Por su parte el error de hecho constituye una operación racional fallida sobre el contenido
- A mérito de dichas consideraciones en el caso de autos se ha evidenciado que el
- Los demás medios probatorios tanto preconstituidos, como circunstanciales, acusados por parte del demandado recurrente de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 28 de abril de 2011
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
