La entidad demandada a través de su representante legal y luego de purgar la multa
La entidad demandada a través de su representante legal y luego de purgar la multa por su rebeldía, se apersona por escrito de fs 47-48 y ofrece prueba de descargo. Cumplida las formalidades procesal laborales, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social, emita la sentencia Nº16/2006 de fecha 08-03-07 cursante a fs 156-160 y luego de motivar su decisión declara probada en parte la demanda, disponiendo que la entidad demandada a través de su representante legal pague a favor del actor, dentro el tercero día de ejecutoriada la resolución, Bs. 21.217,46 por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, primas y salario por trece días, conforme la planilla de liquidación cursante a fs 159
- AUTO SUPREMO Nº 104 Social Sucre, 28 de abril de 2011
- PARTES: Víctor Hugo Yanahuaya Silva c/ Empresa BRINKS BOLIVIA S.A
- CONSIDERANDO I
- La entidad demandada a través de su representante legal y luego de purgar la multa
- Contra la resolución de primera instancia la Empresa BRINKS Bolivia S
- CONSIDERANDO II
- No se tomo en cuenta que el demandado era personal de confianza al tenor del
- CONSIDERANDO III
- En el caso de autos si bien cita el art
- A mérito de lo precedentemente manifestado, conviene aclarar que en materia laboral, se incurrirá en
- Por su parte el error de hecho constituye una operación racional fallida sobre el contenido
- A mérito de dichas consideraciones en el caso de autos se ha evidenciado que el
- Los demás medios probatorios tanto preconstituidos, como circunstanciales, acusados por parte del demandado recurrente de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 28 de abril de 2011
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
