Auto Supremo AS/0160/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2011

Fecha: 27-May-2011

CONSIDERANDO: que corresponde analizar si el recurrente cumplió con el mandato del artículo 416 del


CONSIDERANDO: que corresponde analizar si el recurrente cumplió con el mandato del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, establecido a ese efecto, en atención a lo cual se cuenta con las siguientes apreciaciones:

1.- El Auto Supremo Nº 257/2006 de 1º de agosto de 2006, citado como precedente por el impetrante, hace referencia a la doctrina que aclara que el Tribunal de Alzada no tiene atribuciones para revalorizar la prueba producida durante el juicio oral, mientras que en el proceso que es caso de autos el Tribunal de Alzada confirmó la resolución apelada, modificándola sólo en cuanto a la fianza personal por la real en lo concerniente a las medidas cautelares determinadas para la ejecución diferida de la pena privativa de libertad, proceso en el cual el imputado fue sancionado por el delito de violación agravada, resultando afectada con el hecho juzgado una niña desde los cuatro años de edad hasta poco antes de la formulación de la querella