Auto Supremo AS/0164/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2011

Fecha: 30-May-2011

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social


VISTOS: El recurso de casación o nulidad en parte de fs. 305-306, interpuesto por Jorge Valda Irahola, apoderado legal de la Empresa Hotelera Nacional y el recurso de nulidad formulado por Mabel Paredes Rizziotti de fs.310-312, impugnando el Auto de Vista Nº 034/2007 SSA.II de 8 de febrero de 2007, cursante a fs. 302, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social que sigue Mabel Paredes Rizziotti contra la Empresa Hotelera Nacional, las respuestas de fs. 310 a 312, y 317, el auto que concede los recursos de fs. 318, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 37/05 de 11 de junio de 2005, de fs. 278-280, por la que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 6-7, PROBADA en parte la excepción perentoria de pago y PROBADA la excepción perentoria de prescripción con relación al pago de la prima por la gestión 2000, sin costas, disponiendo que el demandado cancele a la actora Bs. 36.372,83 por concepto de desahucio, indemnización y aguinaldo, menos el anticipo recibido; además de la indexación prevista en el Decreto Supremo Nº 23381, en ejecución de sentencia