Deducida la apelación por el demandado, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
Deducida la apelación por el demandado, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz mediante Auto de Vista Nº 612 de 21 de noviembre de 2006 (fs. 87 a 88), confirma la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias
- Auto Supremo: Nº 193. Sucre: 27 de Mayo de 2011
- Expediente: Nº 21 - 07 - S
- Distrito: Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por Jorge
- Deducida la apelación por el demandado, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO:Que, el demandado Jorge Morales Añez, en su recurso de casación de 11 de diciembre
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes
- En el contexto establecido precedentemente, el recurso de casación en cualesquiera de sus formas previstas,
- En la especie, el recurrente omitió precisar las causales de casación en el fondo, enumeradas
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- II
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
