En la especie, el recurrente omitió precisar las causales de casación en el fondo, enumeradas
En la especie, el recurrente omitió precisar las causales de casación en el fondo, enumeradas en los incisos 1), 2) y 3) del art. 253 del Código de Procedimiento Civil, es más ni siquiera hace alusión a estos tres ordinales limitándose a anotar de manera general el art. "253" del Código de Procedimiento Civil, sin sus correspondientes causales, es decir no distinguió la violación, la interpretación errónea y la aplicación indebida de la ley, tampoco precisó las disposiciones contradictorias, menos diferenció el error de hecho y el error de derecho en la apreciación de las pruebas, además de pretender que en base al presente e impreciso recurso el Supremo Tribunal ingrese ha censurar la apreciación y valoración de la prueba realizada por los jueces de grado, por último y a mayor abundamiento, en su petitorio se limitó a solicitar meramente se "falle conforme a derecho"
- Auto Supremo: Nº 193. Sucre: 27 de Mayo de 2011
- Expediente: Nº 21 - 07 - S
- Distrito: Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por Jorge
- Deducida la apelación por el demandado, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO:Que, el demandado Jorge Morales Añez, en su recurso de casación de 11 de diciembre
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes
- En el contexto establecido precedentemente, el recurso de casación en cualesquiera de sus formas previstas,
- En la especie, el recurrente omitió precisar las causales de casación en el fondo, enumeradas
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- II
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
