Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0144/2011
Fecha: 01-Jun-2011
Dr. Julio Ortiz Linares
Dr. Julio Ortiz Linares
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AUTO SUPREMO Nº 144 Social Sucre, 01 de junio de 2011
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CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social
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En grado de apelación a instancia de ambas partes (fs
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Dicho fallo motivó los recursos de casación interpuestos por ambas partes, conforme constan los fundamentos
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CONSIDERANDO II: Que con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado, corresponde tener
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En ese contexto, haciendo un análisis minucioso del auto de vista recurrido, se evidencia que
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Hay que recordar que los tribunales de segundo grado, al constituir órganos judiciales de conocimiento
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En ese sentido, correspondía al tribunal de apelación, pronunciarse al respecto, otorgando a las partes
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En conclusión, se advierte que el tribunal de apelación, no cumplió con las previsiones contenidas
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Por lo expuesto, corresponde aplicar el art
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
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Se impone una multa de Bs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
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Dr. Julio Ortiz Linares
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Sucre, 01 de Junio de 2011
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Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.
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