Auto Supremo AS/0208/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2011

Fecha: 30-Jun-2011

CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, previo análisis de los antecedentes del


CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, previo análisis de los antecedentes del proceso, se determina lo siguiente:

1.- El tribunal de alzada, estableció que al no haber presentado el demandado el libro de registro de horas extras, previsto por el art. 41 del D.R. de la L.G.T., correspondía aplicar la presunción contenida en el art. 182 inc. i) del Cód. Proc. Trab., determinación que fue correcta, porque en virtud del principio de inversión de la prueba, corresponde al demandado desvirtuar los fundamentos de la demanda, conforme establecen los arts. 3 inc. h), 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., más aún, si conforme reconoce el tribunal de alzada, los testigos de cargo, refirieron que el demandante trabajaba más tiempo que el horario normal, por consiguiente se concluye que no es evidente la errónea apreciación de la prueba respecto de este punto