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    Auto Supremo AS/0208/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0208/2011

    Fecha: 30-Jun-2011

    Dr. Julio Ortiz Linares


    Dr. Julio Ortiz Linares
    • AUTO SUPREMO Nº 208 Social Sucre, 30 de junio de 2011
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación interpuesta por ambas partes, conforme constan los memoriales de fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación formulado por Mario Concepción Pimentel Choque, propietario de
    • Por otra parte fundamenta que se incurrió en errada valoración e interpretación de la prueba
    • Por lo referido, concluyó solicitando que por equidad y justicia, este tribunal emita auto supremo
    • CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, previo análisis de los antecedentes del
    • 2
    • 3
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Se regula el honorario profesional en Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Sucre, 30 de Junio de 2011
    • Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.

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