- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Cuarto de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz, emitió Sentencia
- Que, en el caso de autos, se advierte que la hoy recurrente aduce en su
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, la Corte de Apelación incurrió en revalorización de
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE: El Tribunal de Sentencia es el único que está facultado para valorar
- Por todo lo expuesto, siendo evidentes las denuncias formuladas en el Recurso de Casación que
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Para fines del artículo 420 de la Ley Procesal Penal remítase copias del presente Auto
- Relator: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco
- egístrese, comuníquese y devuélvase
