Auto Supremo AS/0352/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2011

Fecha: 20-Jun-2011

CONSIDERANDO: que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de Uyuni del Distrito Judicial de Potosí,

SALA PENAL PRIMERA

Auto Supremo: No. 352

Fecha : Sucre, 20 de junio de 2011

Expediente : Nro. 16/09

Distrito : Potosí

VISTOS: el Recurso de Revisión de Sentencia ejecutoriada interpuesto por Jhonny Alex Urzagaste y Henrry Ramiro Mamani Chavarria en representación legal de Alberto Mamani Córdova de fojas 311 a 314 vuelta, emergente del fenecido proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y acusación particular de Alicia Colque de Mamani y otros en contra de Alberto Mamani Córdova, por la comisión del delito de Peculado, previsto y sancionado en el artículo 142 del Código Penal, de los antecedentes del proceso, todo cuanto ver convino y se tuvo presente; y

CONSIDERANDO: que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de Uyuni del Distrito Judicial de Potosí, declaró al ciudadano Alberto Mamani Córdova, autor y culpable del delito de Peculado, imponiéndole la pena de 4 años de reclusión a cumplir en la cárcel de esa ciudad, más 60 días multa a razón de Bs.-2 por día, costas al Estado y resarcimiento civil. Resolución que habiendo sido apelada fue declarada improcedente y tras el Recurso de Casación mereció el Auto Supremo Nº 5 de 08 de febrero de 2007, por el cuál se declaró inadmisible