La persona que considera que no es autor o partícipe del hecho ilícito o que
La persona que considera que no es autor o partícipe del hecho ilícito o que no sucedió el hecho atribuido o se haya descubierto un hecho preexistente que le libere de responsabilidad penal, y que para ello presenta los elementos e indicios que conduzcan a esta verdad al haberse revelado la inexistencia del hecho o que los elementos de prueba hagan constar que la persona condenada no fue autor o partícipe del hecho ilícito por el que fue sancionado, entonces se activa el derecho inherente al condenado, sancionado indebidamente a cuestionar la Sentencia ejecutoriada y manifestar su pedido mediante el Recurso de Revisión de Sentencia con el fin de enmendar la decisión judicial que injustamente le priva de libertad y mella su dignidad
- CONSIDERANDO: que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de Uyuni del Distrito Judicial de Potosí,
- CONSIDERANDO: que, Alberto Mamani Córdova mediante el Recurso de Revisión de Sentencia Ejecutoriada, fundada en
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- Por último, concluyó solicitando que el recurso interpuesto sea admitido y se determine su absolución
- CONSIDERANDO: que, de la interpretación de la norma Procesal Penal incurso en el artículo 421
- La persona que considera que no es autor o partícipe del hecho ilícito o que
- Que, con el propósito de revisar la Sentencia y los datos del proceso penal, existiendo
- Asimismo, existiendo las motivaciones de hecho respaldadas con elementos de prueba que dan lugar a
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Por otra, diríjase orden instruida al Tribunal de Sentencia Nº 1 de Uyuni de Potosí
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
