Auto Supremo AS/0211/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2011

Fecha: 05-Jul-2011

CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los recursos de casación en el fondo, se establece lo


CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los recursos de casación en el fondo, se establece lo siguiente:

1. El principal fundamento de los recursos de casación formulados por el Director del SEDCAM-Pando y los abogados-apoderados de la Prefectura de Pando (con error en el nombre del demandado), radica en la supuesta falta de competencia de la jurisdicción laboral para el conocimiento de la demanda de pago de sueldos devengados, presentado por Oswaldo Rebeiro García en representación de los trabajadores de caminos, por ser éstos funcionarios públicos sometidos al Estatuto del Funcionario Público