Dentro del término legal, el apoderado de SENASIR interpuso recurso de casación en el fondo
Dentro del término legal, el apoderado de SENASIR interpuso recurso de casación en el fondo a fs. 247-248 argumentando lo siguiente:
Que el tribunal ad quem al emitir su decisión vulneró lo previsto en los arts. 477 del Reg. Cód. Seg. Soc., el art. 9 del D.S. Nº 27991 de 28 de enero de 2005 y los arts. 5,55 y 57 todos de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996
- AUTO SUPREMO Nº 236 Reclamación Sucre, 09 de agosto de 2011
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida resolución, el actor interpuso recurso de reclamación a fs
- El referido recurso, fue resuelto por la Comisión de Reclamación por Resolución Nº 320/07 de
- Por escrito de fs
- Dentro del término legal, el apoderado de SENASIR interpuso recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO II
- El motivo que impulsó la impugnación primero en la vía administrativa y luego judicial por
- Al respecto de una revisión del expediente, se constató que el SENASIR a fs
- Además de ello, debe tomarse en cuenta que a tiempo de emitirse la Resolución Nº
- De tal forma y en mérito a que el actor a tiempo de iniciar su
- Con relación a la vulneración de los Arts
- Por todo lo argumentado, se tiene acreditado que el tribunal ad quem a tiempo de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Gladys Segovia García. Secretaria de Cámara.
