Auto Supremo AS/0236/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2011

Fecha: 09-Ago-2011

Por todo lo argumentado, se tiene acreditado que el tribunal ad quem a tiempo de


Por todo lo argumentado, se tiene acreditado que el tribunal ad quem a tiempo de emitir su fallo de segunda instancia no incurrió en ninguno de los aspectos señalados por el recurrente, correspondiendo resolver el recurso extraordinario de casación en el fondo, conforme a los arts. 271 inc 2) y 273 ambos del C.P.C., aplicable al caso de autos en virtud del principio de supletoriedad previsto en los arts. 14 y 15 de la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997