Auto Supremo AS/0255/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2012

Fecha: 11-Oct-2012

Con referencia a la acusación del demandado de que el Tribunal de Apelación no aplicó


Con referencia a la acusación del demandado de que el Tribunal de Apelación no aplicó correctamente el artículo 120 de la Ley General del Trabajo que textualmente manifiesta "...Las acciones y derechos provenientes de esta Ley, se extinguirán en el término de dos años de haber nacido de ellas", es determinante tomar en cuenta que en el caso en análisis, desde el primer periodo de 24 meses de la primera relación laboral que fue julio del 2002 a julio del 2004, hasta la interposición de la demanda por el pago de beneficios sociales interpuesta por el demandante, transcurrió un año y 7 meses, consecuentemente no prescribió el derecho al bono de antigüedad reclamado por el trabajador por lo que no se encuentra que sea evidente la infracción acusada